¿Puedo viajar en coche acompañado durante el estado de alarma por coronavirus?

Contenido ¿Por qué no debo viajar acompañado en coche? Causas justificadas para viajar acompañados en coche Compartir coche para ir a trabajar Guía acerca del estado de alarma del coronavirus Advertencia sobre la información y la crisis del coronavirus Teléfonos de atención e información Más información oficial sobre el coronavirus Siguen llegándonos dudas acerca de lo que podemos y no podemos hacer durante el estado de alarma por coronavirus.

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  • ¿Por qué no debo viajar acompañado en coche?
  • Causas justificadas para viajar acompañados en coche
  • Compartir coche para ir a trabajar
  • Guía acerca del estado de alarma del coronavirus
  • Advertencia sobre la información y la crisis del coronavirus
  • Teléfonos de atención e información
  • Más información oficial sobre el coronavirus

Siguen llegándonos dudas acerca de lo que podemos y no podemos hacer durante el estado de alarma por coronavirus. Y entre las dudas más preguntas, la de circular en coche acompañados. ¿Puedo viajar en coche acompañado durante el estado de alarma por coronavirus? Respuesta rápida: no, ni puedes, ni debes. Pero también hay excepciones que debes conocer.

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¿Por qué no debo viajar acompañado en coche?

Entre las muchas medidas que ha incluido el Gobierno en el Real Decreto que regula el estado de alarma para frenar la propagación del coronavirus se incluye la obligación a que los trayectos, a pie, y en coche, sean individuales. Es decir, no podemos ir acompañados en nuestro coche, ni tan siquiera cumpliendo con excepciones como la de ir al supermercado. No podemos ir en coche a hacer la compra con familiares y amigos. Ni tampoco podemos llevar a un familiar al trabajo en coche. Siendo esta una de las preguntas que nos lanzaba nuestra lectora Pili estos días.

La única excepción prevista para viajar acompañados en coche es que acompañemos a personas con discapacidad o por causa justificada.

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Causas justificadas para viajar acompañados en coche

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo: estado de alarma por el COVID-19 (BOE)
Artículo 7. Apartado h.
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

A tenor de lo dicho por la declaración del estado de alarma, además de acompañar a personas con discapacidad, existen situaciones justificadas en las que sí podemos circular acompañados en nuestro coche. Hablamos, por ejemplo, de las que tienen que ver con acompañar a menores, ancianos y dependientes, a servicios y establecimientos sanitarios.

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Compartir coche para ir a trabajar

Por otro lado, y aunque inicialmente la Guardia Civil sí que contemplaba en sus redes sociales la posibilidad de que varios compañeros compartieran coche para acudir al trabajo, finalmente ha dejado de hacerlo, recordando que el estado de alarma lo prohibe y que además facilita el contagio, que es precisamente lo que pretenden evitar todas estas normas. Con lo cual, sin duda, no compartas coche para acudir al trabajo.

Más información sobre cómo justificar que acudimos a nuestro puesto de trabajo.

Dado que muchas normativas siguen revisándose y matizándose, mantendremos actualizado este y otros artículos en los próximos días.

La Dgt Inicia Una CampaÑa Sobre Control Sobre La Tasa De Alcohol Y Drogas En Conductores

 

Guía del estado de alarma y la crisis del coronavirus

– ¿Qué es el estado de alarma?
– Restricciones y prohibiciones en el estado de alarma
– ¿Puedo repostar gasolina o gasóleo durante el estado de alarma?
– Certificado de trabajo en estado de alarma por coronavirus
– España cierra sus fronteras terrestres
– ¿Puedo acudir al taller si se me avería el coche?
– ¿Me cubre el seguro de mi coche durante el estado de alarma?

 

Advertencia sobre la información referente al coronavirus

En Diariomotor aconsejamos seguir únicamente las informaciones y las recomendaciones de las autoridades competentes, la Organización Mundial de la Salud, y el Ministerio de Sanidad, para conocer la situación actual acerca de la crisis del coronavirus (COVID-19). La prioridad actual pasa por seguir las indicaciones de las autoridades, sobre todo en lo referente a las medidas de contención, protección para evitar el contagio y cuidado de los enfermos. En estos momentos eso es lo primordial, por encima de aquellas publicaciones en las que hacemos repaso de la situación del sector, y de información de interés para el conductor y el comprador, siguiendo la actualidad como hasta ahora.

Nuestra empresa también está siguiendo los procedimientos de actuación en entornos laborales indicados por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Trabajo, que también recomendamos seguir a los ciudadanos y los trabajadores, para evitar el contagio, y contribuir a la contención del virus.

 

Teléfonos de información en la crisis del COVID-19

Andalucía: 955 54 50 60
Aragón: 061
Asturias: 112
Cantabria: 112 y 061
Castilla La Mancha: 900 122 112
Castilla y León: 900 222 000
Cataluña: 061
Ceuta: 900 720 692
C. Madrid: 900 102 112
C. Valenciana: 900 300 555
Extremadura: 112
Galicia: 900 400 116
Islas Baleares: 061
Canarias: 900 11 20 61
La Rioja: 941 29 83 33
Melilla: 112
Murcia: 900 12 12 12
Navarra: 948 29 02 90
País Vasco: 900 20 30 50

 

Más información de interés:

– Situación actual de la emergencia causada por el COVID-19
– Información para la ciudadanía del Ministerio de Sanidad
– Procedimiento de prevención en entornos laborales frente al COVID-19

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La DGT recopila en las redes todas las "locuras" que hacemos al volante… y algunas son increíbles

20MINUTOS.ES La DGT bajará a 90 km/h la velocidad en vías secundarias desde enero. Otra medida para reducir la siniestralidad al volante: furgonetas y camiones camuflados vigilarán el uso del móvil. Más noticias de la DGT aquí.  La Dirección General de Tráfico ha vuelto a poner sobre la mesa los errores más graves en la conducción dentro de su constante campaña de concienciación de la ciudadanía

20MINUTOS.ES

  • La DGT bajará a 90 km/h la velocidad en vías secundarias desde enero.
  • Otra medida para reducir la siniestralidad al volante: furgonetas y camiones camuflados vigilarán el uso del móvil.
  • Más noticias de la DGT aquí. 

conductora infracción DGT

La Dirección General de Tráfico ha vuelto a poner sobre la mesa los errores más graves en la conducción dentro de su constante campaña de concienciación de la ciudadanía.

Para ello, el organismo ha optado esta vez por imágenes reales, lejos de los impactantes spots a los que acostumbra, la nueva iniciativa recoge escenas de conductores y conductoras reales pillados en acción por los radares.

Vehículos en sentido contrario, adelantos sin tiempo ni espacio o actos impensables al volante son algunas de las escenas que la DGT ha lanzado a través de su cuenta de Twitter bajo el hashtag  #LocurasEnConvencionales. ¿De verdad hay quien se lava los dientes mientras conduce? De verdad.

De casa conviene salir asead@. Así no tendrás que hacer cosas como ¡cepillarte los dientes en el 🚗! Sueltas el volante, dejas de mirar la ctra. para manejar el cepillo, la pasta de dientes… ¡Cuánto riesgo de #distracción! #LocurasEnConvencionales #CampañaControl pic.twitter.com/nPdJ236cnY

— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) 6 de noviembre de 2018

Así, la institución perteneciente al Ministerio del Interior demuestra que las infracciones graves no son solo cosa de la ficción, y que las causas de accidentes de tráfico pueden ser tan disparatadas como la imaginación quiera.

A cada clip le acompaña un consejo que el equipo de la DGT ha querido transmitir para evitar que se repitan situaciones de riesgo como la que mostraron las cámaras al captar a un perro suelto en el asiento delantero de un coche mientras alguien conducía el vehículo por una autopista.

¿Es por cariño ? ¿Quieres tener a tu mascota en el asiento delantero para darle mimos y que vea bien el paisaje? ¡Qué error! Es un enorme riesgo para tu mascota y para ti. No hagas #LocurasEnConvencionales #CampañaControl pic.twitter.com/gl8QjUGEfs

— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) 8 de noviembre de 2018

¡Cuando vienen de frente, adelantando sin tiempo ni espacio, ponen los pelos de punta! 😱😱 RECUERDA, adelantar con seguridad exige:
▶️Buena visibilidad
▶️#Velocidad adecuada
▶️Espacio suficiente
▶️Ningún vehículo en contra #CampañaControl #LocurasEnConvencionales pic.twitter.com/mPEd0Ky7X0

— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) 11 de noviembre de 2018

“Recuerda que adelantar con seguridad exige: buena visibilidad, velocidad adecuada, espacio suficiente y ningún vehículo en contra”, señala el organismo mientras muestra cómo un coche adelanta a un camión sin tener en cuenta que a escasos metros se acerca otro vehículo de frente a él.

¿Alguien le ha dicho a este conductor que es #Superman para conducir al tiempo que usa el #móvil? ¡Y a bordo de una #moto! Si surgiera un imprevisto, ni la capa le libraría de sufrir lesiones. 🛵 🏍️ 📵No hagas #LocurasEnConvencionales #CampañaControl 5-11Nov pic.twitter.com/vXPaTXF8W2

— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) 5 de noviembre de 2018

En otra imagen se observa, sin ir más lejos, al conductor de una moto utilizando su teléfono móvil. Se trata de la principal causa de accidentes en carretera desde 2015, según indica la Fiscalía de Seguridad Vial. 

Por ello la DGT, a pesar del humor, lo deja claro: “¿Alguien le ha dicho a ese conductor que es Superman para conducir al tiempo que usa el móvil? Si surgiera un imprevisto, ni la capa le libraría de sufrir lesiones”. 

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La DGT se pone firme contra el alza de siniestralidad: bajará a 90 km/h la velocidad en vías secundarias desde enero

AGENCIAS Esta limitación es parte del primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras. La DGT recupera las campañas duras: “Se te acabaron los memes, tu cuerpo esperará en una morgue”

AGENCIAS

  • Esta limitación es parte del primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras.
  • La DGT recupera las campañas duras: “Se te acabaron los memes, tu cuerpo esperará en una morgue”.
  • Furgonetas y camiones camuflados para vigilar el uso del móvil al volante.
  • OPINIÓN: Velocidad máxima, 90 por hora.

Límite de velocidad

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya tiene preparado el primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras después de cuatro años de incremento de la siniestralidad.

Una de ellas ya tiene fecha de entrada en vigor: reducir el límite de velocidad de 100 a 90 km/h en unos 7.000 kilómetros de vías secundarias, que podría ser una realidad el próximo 2 de enero.

El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha aparcado el trabajo de su antecesor, Gregorio Serrano, de poner en marcha una reforma integral de la ley de seguridad vial y de los reglamentos de conductores, de circulación y de vehículos debido a la inestabilidad política de la actual legislatura, por lo que pretende sacar adelante pequeños cambios normativos que vean la luz lo antes posible.

De hecho, desde la DGT indican que los tiempos de la Administración son más lentos que el deseo de poner en marcha modificaciones legislativas que modifiquen el comportamiento de los conductores después de que las cifras de víctimas mortales hayan aumentado de 1.680 en 2013 a 1.830 en 2017.

Más límites en la velocidad

La primera medida que verá la luz es un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación en cuanto a los límites de velocidad en las carreteras convencionales (de un único carril por sentido y sin desdoblar) y con el que el organismo pretende que España se equipare a muchos de los países de la UE.

El texto entrará en vigor el próximo 2 de enero y supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales a 90 km/h para coches y motos, y 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones.

Además, solo cuando haya separación física de los dos sentidos de la circulación podrá fijarse un límite máximo de 100 km/h para turismos y motocicletas.

Los límites actuales varían: 100 km/h para automóviles y motocicletas, 90 km/h para autobuses y furgonetas, y 80 km/h para camiones en las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de anchura de arcén o con más de un carril para alguno de los sentidos de circulación, y 90 km/h para coches y motos, 80 km/h para autobuses y furgonetas y 70 km/h para camiones en el resto de las vías secundarias.

Navarro asistió el pasado mes de septiembre a la Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso, donde quiso tender la mano a los diputados para poner en marcha nuevas medidas de tráfico.

En la que supuso su primera comparecencia, el presidente de la DGT aseguró que las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de arcén (es decir, con límite a 100 km/h para coches y motos) abarcan unos 7.000 kilómetros, lo que supone menos del 5% de los 165.000 kilómetros de la red de carreteras de España.

De esta forma, se culminaría un deseo que este organismo del Ministerio de Interior  persigue al menos desde 2015, tanto con María Seguí como con Gregorio Serrano al frente.

Tráfico defiende que esa reducción de 10 km/h en carreteras convencionales supondría un descenso de la mortalidad cercano al 10%, máxime cuando en estas vías se producen en torno a un 75% de los accidentes mortales en carretera.

Más restricciones en el permiso por puntos

Por otro lado, la DGT ha elaborado un anteproyecto de ley por el que modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que necesariamente tendrá que ser aprobado en el Parlamento.

El texto incluye modificaciones puntuales del permiso por puntos. Así, conducir utilizando el teléfono móvil con la mano supondrá perder seis puntos (a diferencia de los tres de ahora), con lo que esa conducta se equipararía a conducir borracho o drogado, negarse a hacer la prueba de alcohol o drogas, conducir de forma temeraria, ir a más del 50% del límite de velocidad o conducir con vehículos que lleven inhibidores de radar.

También se incrementará esta detracción por no llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil, que pasarán de tres a cuatro puntos menos en el carné.

Ligado al real decreto del Reglamento General de Circulación, el anteproyecto de ley busca ser más estricto con quienes pisen el acelerador más de la cuenta en carreteras convencionales con límite a 90 km/h, puesto que ir en esas vías a 111 km/h ya supondría dos puntos menos en el carné y 300 euros de multa (esas sanciones se aplican ahora a partir de 121 km/h).

Nuevos cursos de recuperación

Por otro lado, el anteproyecto de ley premia a los conductores que superen un curso de recuperación parcial de puntos (de los seis actuales a ocho) y a los que hagan un curso de conducción segura (dos puntos más en el carné).

Además, se unifica el plazo para recuperar ocho puntos tras hacer un curso de recuperación parcial (hasta el momento suponen entre dos o tres años en función de si se ha cometido alguna infracción grave o muy grave).

La propuesta normativa de la DGT incluye también novedades para los conductores profesionales, de manera que habrá un sistema telemático para que las empresas de transporte sepan si sus conductores tienen puntos suficientes para manejar un autobús o un camión, y se desarrollará un sistema online que permitirá a las empresas de transporte.

Por último, Tráfico ultima un proyecto de orden ministerial que actualiza la regulación de los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso de conducción que entrará en vigor el 1 de julio de 2019, y con el que dota a dichos cursos de un contenido más práctico y participativo.

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Las claves de las etiquetas de la DGT: dónde y cuáles comprar, cómo colocarlas, para qué sirven…

20MINUTOS.ES Cómo adquirir estos distintivos | ¿Qué etiqueta de la DGT le corresponde a mi coche? A partir del 8 de octubre los coches sin etiqueta no podrán circular en Madrid con alta contaminación

20MINUTOS.ES

  • Cómo adquirir estos distintivos | ¿Qué etiqueta de la DGT le corresponde a mi coche?
  • A partir del 8 de octubre los coches sin etiqueta no podrán circular en Madrid con alta contaminación.

Etiqueta medioambiental de la DGT

Cada vez son más las ciudades y localidades en las que cobra mayor importancia contar con la etiqueta medioambiental de la DGT en el coche. En Madrid hay una fecha clave: el próximo lunes 8 de octubre, cuando entra en vigor el nuevo protocolo para episodios de alta contaminación, en los no tener este distintivo puede acarrear multas.

¿Qué son?

Las etiquetas medioambientales tienen su origen en el Plan nacional de calidad del aire 2013-2016, en el que se propuso clasificar los vehículos en función de la contaminación que emiten. Estos datos se obtienen directamente del fabricante, no dependen del estado actual de tu vehículo.

¿Dónde comprarlas?

Las etiquetas se pueden adquirir en cualquier oficina de Correos. Fuentes de Correos aclaran que en los últimos días ha habido un aumento en la demanda de los distintivos, sobre todo en Madrid, lo cual puede ocasionar que se terminen momentáneamente en alguna oficina. En ese caso, se ordena la inmediata reposición de existencias para que vuelvan a estar disponibles al público lo más pronto posible.

Las etiquetas también se pueden adquirir en la los talleres de la Cetraa y en la red de Gestores Administrativos.

Para los coches nuevos ya se entrega directamente al momento de la compra.

¿Cuánto cuestan?

Tienen un precio de 5 euros, y para adquirirla hay que presentar además el permiso de circulación del vehículo, la matrícula y el DNI del propietario, o autorización del mismo con fotocopia del documento de identidad si el trámite lo va a hacer otra persona. Muchos conductores la obtuvieron de forma gratuita porque entre 2015 y diciembre de 2017 la DGT repartió unos 4 millones de distintivos de forma promocional.

¿Cuáles son las clasificaciones?

Según la DGT, esta es la clasificación medioambiental de los vehículos, de menor a mayor emisión de contaminantes:

Cero emisiones: Eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables con una autonomía mínima de 40 kilómetros y vehículos de pila de combustible. Se incluyen motocicletas, triciclos, cuadriciclos y ciclomotores; turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías.
Eco: Híbridos enchufables con autonomía de menos de 40 kilómetros, híbridos no enchufables y vehículos propulsados por gas natural (Gas Natural Comprimido o Gas Natural Licuado) o por gas licuado del petróleo. Engloba a turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías
C: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. También vehículos de más de ocho plazas y transporte de mercancías, tanto de gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014.
B: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y diésel a partir de enero de 2006. También vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto gasolina como diésel matriculados a partir de 2005.
Sin etiqueta: Los de gasolina anteriores al año 2000 y diésel anteriores al 2006.

¿Cuál etiqueta me corresponde?

Si tienes dudas, en este buscador de la DGT puedes saber la etiqueta que te corresponde introduciendo el número de matrícula de tu vehículo.

¿Puedo circular por el centro de Madrid sin etiqueta?

Con el nuevo protocolo anticontaminación de la capital, a partir del escenario 2 se prohíbe circular a vehículos sin etiqueta (ciclomotores y motocicletas incluidas) por la almendra central y la M-30.

¿Es obligatoria?

De momento no. Pero tenerla puede reportar al propietario ciertos beneficios fiscales, dependiendo de la localidad o comunidad autónoma donde viva.

¿Dónde se coloca?

La DGT no obliga a que la pegatina se coloque en algún lugar específico. Recomienda ponerla en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero. En su defecto, en otro sitio visible. 

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