Un diseñador propone recargar los Tesla con drones

20MINUTOS.ES El diseñador, de nacionalidad serbia, se llama Darko Darmar Markovic. Asegura que es solo una propuesta suya, no lo ha tratado con Tesla.

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  • El diseñador, de nacionalidad serbia, se llama Darko Darmar Markovic.
  • Asegura que es solo una propuesta suya, no lo ha tratado con Tesla.
  • Los supuestos drones de Tesla estarían repartidos por las carreteras esperando en una estación solar de carga. Los conductores de Tesla podrían solicitar la recarga de estos drones con un botón mientras están circulando.

Recarga de Tesla con drones

Su nombre es Darko Darmar Markovic. Es serbio y se dedica a diseñar y pensar ideas innovadoras que hagan mejorar al mundo. En este caso, ha planteado una forma distinta de recargar vehículos en marcha, y en concreto los coches de Tesla: ¿Qué ocurriría si hubiese drones repartidos por las carreteras que pudiesen proveer de electricidad a los coches que se desplazasen por la carretera? Es la idea que expone este diseñador conceptual, que asegura que solo es una propuesta y que no ha hablado en ningún caso con Tesla para desarrollarlo.

El sistema funcionaría de la siguiente forma: los drones de Tesla se colocarían en plataformas (que se cargarían con el sol) ubicadas en sitios estratégicos a lo largo de las carreteras. En cada vehículo Tesla habría un botón con el que se podría solicitar la recarga de las baterías. Los drones podrían viajar a una velocidad de 120 km/h hasta el vehículo que ha solicitado la carga. Una vez que alcanza el vehículo se aproximaría a la boquilla de carga del Tesla a través de un brazo (recuerda a la serpiente que planteó Tesla), se engancharía al vehículo y procedería a su carga.

Imagen del dron que cargaría los Tesla

(FOTO: DARMAR DARKOVIC)

Esto es solo una propuesta, un diseño. Surgen multitud de cuestiones que llevan a la conclusión de que hoy día dudamos de su viabilidad. Por ejemplo, en España, el hecho de que los drones vuelen por encima de las cabezas no es posible. La normativa de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) indica que está prohibido el vuelo de drones por encima de poblaciones, a no ser que haya un permiso especial. Otra cuestión, ¿durante cuánto tiempo tendría que estar recargando el dron? ¿sería una especie de supercargador de Tesla en movimiento?¿Existe la tecnología para poder realizar este tipo de cargas?¿Qué tamaño real tendría el dron y cómo afectaría su tamaño a la circulación del vehículo a alta velocidad?¿Existen drones que puedan volar durante tanto tiempo como para poder realizar esta función?¿Si no tiene hélices para el vuelo, cómo vuela?… y como estas infinidad de cuestiones podrían surgir.

Sin embargo, este planteamiento nos recuerda que ya existen investigaciones sobre cómo recargar los coches eléctricos mientras que están circulando por carretera. Así lo contamos en este artículo sobre el desarrollo de un asfalto que recarga coches eléctricos en la Universidad de Delft. Del mismo modo, Renault también anunció que estaba investigando cómo cargar sus vehículos eléctricos mientras que ruedan por la carretera. También contamos en este artículo cómo las marcas estaban sacando sistemas de recarga inalámbricas para sus coches eléctricos, eso sí, en parado y no en movimiento.

En este enlace tienes los diseños que ha elaborado Darko Darmar sobre este proyecto de drones que cargan Teslas en la carretera.

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¿Necesito tener una licencia de piloto para volar mi dron?

JESÚS DOMÍNGUEZ Si la aeronave se utiliza con intereses comerciales sí que se necesita licencia. El vuelo lúdico del dron no exime al usuario de conocer y cumplir las normas de seguridad aérea.

JESÚS DOMÍNGUEZ

  • Si la aeronave se utiliza con intereses comerciales sí que se necesita licencia.
  • El vuelo lúdico del dron no exime al usuario de conocer y cumplir las normas de seguridad aérea.
  • Solo se puede volar un dron a una altura máxima de 120 metros y con un alcance visual máximo de 500 metros.
  • PDF: ¿Qué puedo hacer con mi dron? (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).

Requisitos de seguridad para drones

¿Tengo que sacarme la licencia de piloto para volar mi dron? ¿Puedo volar en cualquier lado? Si vuelo sobre mi pueblo con el dron ¿pasa algo? Estas y otras muchas  preguntas se plantea el ciudadano que se ha comprado un dron y quiere empezar a volar con él.

Para conocer los requisitos de vuelo de los drones en España hay que echar la vista atrás, cuando se publicó en el BOE la Ley 18/2014 (Sección I página 83.976). En su artículo 50 se explica lo referente a las aeronaves civiles pilotadas por control remoto. Vamos a hacer referencia a las normas fundamentales que tiene que cumplir todo aquel usuario de un dron que pese menos de 25 kg (los que superen este peso ya requieren de un certificado de aeronavegabilidad).

Requisitos de seguridad

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha explicado a 20minutos.es que, aunque los ciudadanos con drones vuelen para actividades lúdicas o deportivas, están obligados a cumplir una serie de normas de seguridad:

  • No se pueden volar drones sobre ciudades y aglomeraciones de personas al aire libre, como pueden ser parques de ciudades, playas llenas de gente, campos de fútbol, etc. Las manifestaciones, fiestas o conciertos por ahora no es posible grabarlos con drones, excepto que tengan lugar en recintos completamente cerrados (incluyendo el techo) y con la autorización del propietario del mismo.
  • No se pueden usar drones de noche: siempre hay que priorizar la seguridad y volar en las mejores condiciones visuales posibles. La noche nos imposibilita esta situación.
  • Distancia mínima de 8 km de un aeropuerto. Hay que respetar una distancia mínima de 8 kilómetros para aeropuertos, aeródromos, helipuertos o donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura, como las zonas de parapente, ultraligeros o paracaidismo, siempre y cuando la aproximación sea en VFR (Visual Flight Rules), es decir, que sea en procedimientos de vuelo visual. La distancia mínima variará hasta los 15 km cuando las aproximaciones se realicen con procedimientos de vuelo instrumental, también conocidos como IFR (Instrumental Flight Rules). Así, por ejemplo, el aeropuerto de Madrid-Barajas requiere una distancia mínima de 15 km.
  • Límite de 120 metros de altura. El motivo de este límite de altura es porque tiene que haber una franja de seguridad para que no nos encontremos con otras aeronaves que volarán a un mínimo de 150 metros de altura.
  • Distancia máxima de 500 metros en vuelo visual. Los ciudadanos que no tengan licencia de piloto de drones no podrán superar en ningún caso los 500 metros de distancia (sin superar los 120 metros de altura). “Teniendo en cuenta que lo que prima es la seguridad”, según nos recalca AESA, “nunca se volará el dron si las condiciones visuales no son las óptimas. En ninguna circunstancia se puede perder de vista el dron”.
  • Sin placa identificativa. AESA confirma que para el uso lúdico no es necesario identificar el dron. Sin embargo, para los pilotos profesionales, si van a utilizar la aeronave no tripulada con fines comerciales, sí es obligatorio colocar en el dron de trabajo una placa identifica en el que se muestre el nombre del operador, la dirección y forma de contacto.
  • Solo en zonas no controladas o clubes de vuelo. El espacio aéreo español está dividido en zonas de seguridad que van de la A a la G. Las zonas no controladas, donde los drones de uso lúdico sí pueden volar, sería en las zonas F y G. Estas zonas se pueden consultar en las cartas aeronáuticas pertenecientes a Enaire. Otra forma de estar seguro de dónde volar es en algún club de aeromodelismo en el que por una cuota se podrá volar sin tener la preocupación de estar en espacio aéreo controlado o no controlado.

Estas son las normas básicas que todo usuario de un dron con intención lúdica o deportiva debe saber. Si quieres aprender más sobre drones, en la página de AESA hay una página dedicada a los drones donde te puedes informar de las preguntas frecuentes y de la importancia de saber que un dron no es un juguete. De hecho, AESA nos recuerda que la multa por el uso indebido de un dron que afecte a la seguridad aérea puede alcanzar los 225.000 €.

La futura normativa

Actualmente la normativa “está pasando el trámite europeo”, nos confirma AESA.

La nueva normativa permitirá la entrada de otros dos nuevos escenarios:

  • Por un lado, los vuelos en zonas urbanas o sobre aglomeraciones de personas, siempre que se cumplan determinadas condiciones que marca la Ley como distancias máximas horizontales, alturas, tipos de espacio aéreo, peso específico, zonas acotadas, etc. Además, se requerirá un estudio de seguridad de la operación y una autorización de AESA.
  • EVLOS (Extended Visual Line of Sight): La nueva normativa también estudia permitir operaciones en las que el requisito de tener contacto visual directo con la aeronave se puede satisfacer utilizando medios alternativos, como observadores en contacto permanente por radio con el piloto que mantienen observación visual directa de la aeronave pilotada por control remoto o RPA (Remotely Piloted Aircraft).


*Vídeo: La normativa vigente de drones explicada por José María Ramírez, coordinador internacional de AESA.

Además, el Ministerio de Fomento ha anunciado que, a través de ENAIRE, creará una aplicación en la que los usuarios de los drones conocerán en qué zonas pueden volar.

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