Nueva medida de la DGT: ocho horas de autoescuela obligatorias para sacarse el teórico de conducir

AGENCIAS / E. O

AGENCIAS / E. O.

  • El real decreto que modificará el reglamento actual incluye medidas específicas para ambos exámenes.
  • Tráfico incluirá en el programa formativo testimonios de víctimas y materias para la prevención de errores.
  • ENCUESTA: ¿Qué te parecen los cambios de la DGT?
  • FOGONAZOS: La DGT y el miedo.

Conductor

El Gobierno ha decidido modificar algunos de los pasos para sacarse el carné de conducir a partir de 2019. El Ejecutivo de Pedro Sánchez ha puesto en marcha un real decreto que cambia algunos puntos el Reglamento General de Conductores y con el propósito de que entre en vigor el 1 de julio del próximo año.

El borrador del real decreto plantea una revisión del actual sistema formativo, tanto en la formación del conductor como en los exámenes para obtener el carné de conducir. “La evidencia nos muestra que en la accidentalidad intervienen más las actitudes que el propio desconocimiento de las normas”, recalca el texto.

En este sentido, los cambios que se plantean son varios:

Ocho horas presenciales obligatorias

Las personas que quieran obtener cualquier permiso de conducir en España estarán obligadas a recibir ocho horas presenciales de formación en la autoescuela, algo que ya ocurre en al menos 25 países europeos y que la Dirección General de Tráfico quiere impulsar para evitar que los futuros conductores se saquen el carné haciendo un test en casa o mediante cursos online. El curso en cuestión se centrará en tratar a los colectivos vulnerables, como pueden ser los ciclistas o los peatones, pero también hablará de la seguridad al volante, el consumo de alcohol o de la importancia de las distracciones, en concreto el uso del teléfono móvil.

Examen teórico

En los cursos se incluirán también testimonios de afectados por accidentes de tráfico con el objetivo de sensibilizar. Además, en el caso de los exámenes teóricos se ampliará el tiempo para realizarlos, puesto que se incorporarán preguntas con vídeos. Según apuntaron desde la DGT, este modelo de prueba podría reducir el porcentaje de error a solo un 10%.

Exámen práctico

Por otro lado, la propuesta de reforma del Reglamento General de Conductores también afecta al examen práctico o prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico. Así, si el futuro conductor suspende el primer examen práctico, deberá esperar como mínimo quince días para examinarse de nuevo. Entre la segunda y la tercera prueba tendrán que mediar al menos 30 días. Y entre la tercera y la cuarta (así como en las siguientes) serán necesarios como mínimo 20 días. Cada vez que el alumno suspenda una prueba deberá recibir al menos cinco clases prácticas más antes de volver a examinarse.

GPS en motos

Otra novedad se refiere a la prueba práctica de circulación en vías abiertas al tráfico para los aspirantes con hipoacusia o pérdida de la capacidad auditiva a a la hora de obtener el permiso A1 (motos de hasta 125 centímetros cúbicos) o A2 (motos de mayor potencia). En los casos en que el alumno no pueda recibir las instrucciones mediante un intercomunicador, tendrá el itinerario en un navegador GPS para moto, donde aparecerán puntos intermedios que deberá alcanzar y el destino final.

Edad mínima

Para la obtención de los permisos C, D, D1, C+E, D+E y D1+E, la edad mínima se reduce a 18 años, siempre y cuando se cuente ya con el Certificado de Aptitud Profesional.

Permiso B

También habrá cambios en los tipos de vehículos que se podrán conducir si se dispone del permiso B. El borrador presentado por Interior y la DGT apunta que, si se tienen al menos, dos años de experiencia, se estará habilitado para conducir automóviles destinados al transporte de mercancías con una masa entre 3.500 y 4.250 kilos.

Nuevos test

Además, para realizar el examen teórico específico (obligatorio para todos los permisos salvo el A, que faculta a conducir cualquier moto o triciclo, y el B, necesario para conducir coches) también se necesitan horas presenciales, concretamente seis, para los permisos AM, A1 y A2 (ciclomotores y motos de distinta cilindrada) y dos en el resto de permisos. En esas seis horas, se introducirán nuevos test, centrados sobre todo en estudiar los factores de riesgo, así como las maneras correctas de conducir una moto.

Continue reading “Nueva medida de la DGT: ocho horas de autoescuela obligatorias para sacarse el teórico de conducir”

La DGT se pone firme contra el alza de siniestralidad: bajará a 90 km/h la velocidad en vías secundarias desde enero

AGENCIAS Esta limitación es parte del primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras. La DGT recupera las campañas duras: “Se te acabaron los memes, tu cuerpo esperará en una morgue”

AGENCIAS

  • Esta limitación es parte del primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras.
  • La DGT recupera las campañas duras: “Se te acabaron los memes, tu cuerpo esperará en una morgue”.
  • Furgonetas y camiones camuflados para vigilar el uso del móvil al volante.
  • OPINIÓN: Velocidad máxima, 90 por hora.

Límite de velocidad

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya tiene preparado el primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras después de cuatro años de incremento de la siniestralidad.

Una de ellas ya tiene fecha de entrada en vigor: reducir el límite de velocidad de 100 a 90 km/h en unos 7.000 kilómetros de vías secundarias, que podría ser una realidad el próximo 2 de enero.

El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha aparcado el trabajo de su antecesor, Gregorio Serrano, de poner en marcha una reforma integral de la ley de seguridad vial y de los reglamentos de conductores, de circulación y de vehículos debido a la inestabilidad política de la actual legislatura, por lo que pretende sacar adelante pequeños cambios normativos que vean la luz lo antes posible.

De hecho, desde la DGT indican que los tiempos de la Administración son más lentos que el deseo de poner en marcha modificaciones legislativas que modifiquen el comportamiento de los conductores después de que las cifras de víctimas mortales hayan aumentado de 1.680 en 2013 a 1.830 en 2017.

Más límites en la velocidad

La primera medida que verá la luz es un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación en cuanto a los límites de velocidad en las carreteras convencionales (de un único carril por sentido y sin desdoblar) y con el que el organismo pretende que España se equipare a muchos de los países de la UE.

El texto entrará en vigor el próximo 2 de enero y supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales a 90 km/h para coches y motos, y 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones.

Además, solo cuando haya separación física de los dos sentidos de la circulación podrá fijarse un límite máximo de 100 km/h para turismos y motocicletas.

Los límites actuales varían: 100 km/h para automóviles y motocicletas, 90 km/h para autobuses y furgonetas, y 80 km/h para camiones en las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de anchura de arcén o con más de un carril para alguno de los sentidos de circulación, y 90 km/h para coches y motos, 80 km/h para autobuses y furgonetas y 70 km/h para camiones en el resto de las vías secundarias.

Navarro asistió el pasado mes de septiembre a la Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso, donde quiso tender la mano a los diputados para poner en marcha nuevas medidas de tráfico.

En la que supuso su primera comparecencia, el presidente de la DGT aseguró que las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de arcén (es decir, con límite a 100 km/h para coches y motos) abarcan unos 7.000 kilómetros, lo que supone menos del 5% de los 165.000 kilómetros de la red de carreteras de España.

De esta forma, se culminaría un deseo que este organismo del Ministerio de Interior  persigue al menos desde 2015, tanto con María Seguí como con Gregorio Serrano al frente.

Tráfico defiende que esa reducción de 10 km/h en carreteras convencionales supondría un descenso de la mortalidad cercano al 10%, máxime cuando en estas vías se producen en torno a un 75% de los accidentes mortales en carretera.

Más restricciones en el permiso por puntos

Por otro lado, la DGT ha elaborado un anteproyecto de ley por el que modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que necesariamente tendrá que ser aprobado en el Parlamento.

El texto incluye modificaciones puntuales del permiso por puntos. Así, conducir utilizando el teléfono móvil con la mano supondrá perder seis puntos (a diferencia de los tres de ahora), con lo que esa conducta se equipararía a conducir borracho o drogado, negarse a hacer la prueba de alcohol o drogas, conducir de forma temeraria, ir a más del 50% del límite de velocidad o conducir con vehículos que lleven inhibidores de radar.

También se incrementará esta detracción por no llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil, que pasarán de tres a cuatro puntos menos en el carné.

Ligado al real decreto del Reglamento General de Circulación, el anteproyecto de ley busca ser más estricto con quienes pisen el acelerador más de la cuenta en carreteras convencionales con límite a 90 km/h, puesto que ir en esas vías a 111 km/h ya supondría dos puntos menos en el carné y 300 euros de multa (esas sanciones se aplican ahora a partir de 121 km/h).

Nuevos cursos de recuperación

Por otro lado, el anteproyecto de ley premia a los conductores que superen un curso de recuperación parcial de puntos (de los seis actuales a ocho) y a los que hagan un curso de conducción segura (dos puntos más en el carné).

Además, se unifica el plazo para recuperar ocho puntos tras hacer un curso de recuperación parcial (hasta el momento suponen entre dos o tres años en función de si se ha cometido alguna infracción grave o muy grave).

La propuesta normativa de la DGT incluye también novedades para los conductores profesionales, de manera que habrá un sistema telemático para que las empresas de transporte sepan si sus conductores tienen puntos suficientes para manejar un autobús o un camión, y se desarrollará un sistema online que permitirá a las empresas de transporte.

Por último, Tráfico ultima un proyecto de orden ministerial que actualiza la regulación de los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso de conducción que entrará en vigor el 1 de julio de 2019, y con el que dota a dichos cursos de un contenido más práctico y participativo.

Continue reading “La DGT se pone firme contra el alza de siniestralidad: bajará a 90 km/h la velocidad en vías secundarias desde enero”

Cinturón de seguridad: qué dice la normativa sobre su uso

JESÚS DOMÍNGUEZ Noticia relacionada: La DGT activa 50 cámaras que controlan el uso del cinturón de seguridad en las carreteras españolas . La normativa que regula en España el uso del cinturón es el Reglamento General de Circulación.

JESÚS DOMÍNGUEZ

  • Noticia relacionada: La DGT activa 50 cámaras que controlan el uso del cinturón de seguridad en las carreteras españolas.
  • La normativa que regula en España el uso del cinturón es el Reglamento General de Circulación.
  • Noticia relacionada: ¿Cómo utilizar el cinturón si estás embarazada?

CINTURÓN DE SEGURIDAD

El lunes, 11 de septiembre, la Dirección General de Tráfico comienza una campaña especial de vigilancia del uso del cinturón y los sistemas de retención infantil que durará hasta el próximo domingo, 17 de septiembre.

En este artículo resolvemos una serie de dudas sobre el cinturón de seguridad.

¿Qué dice la ley sobre su obligatoriedad?

Hay que consultar el Reglamento General de Circulación para conocer cuál es la normativa sobre su utilización. En concreto, es en el Título II, en el Capítulo II, Artículos 116, 117, 118 y 119 donde se indican todos los usos y excepciones sobre este sistema de retención, que empezó a ser obligatorio en España en carretera desde 1974 y en zona urbana desde 1992, según indica la DGT.

En el artículo 116 habla sobre la obligatoriedad de su uso y excepciones: En el primer apartado indica que “Los conductores y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los casos y condiciones que se determinan en este capítulo y en las normas reguladoras de los vehículos, con las excepciones que igualmente se fijan en dicho capítulo, de acuerdo con las recomendaciones internacionales en la materia y atendiendo a las especiales condiciones de los conductores discapacitados”. En el segundo indica que “Las infracciones a las normas de utilización de los cinturones de seguridad, el casco y otros dispositivos de seguridad de uso obligatorio previstos en este capítulo tendrán la consideración de graves, conforme se establece en el artículo 65.4.h) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial”.

¿Hay alguna exención a la hora de utilizar el cinturón?

Sí. Existen varias exenciones recogidas en el Reglamento General de Circulación, en el artículo 119: “Los conductores, al efectuar la maniobra de marcha atrás o estacionamiento”. “Las personas provistas de un certificado de exención por razones médicas graves o discapacitadas”. Cuando circulen solo en poblado están exentos: “los taxistas cuando estén de servicio. Además podrán transportar a personas que no alcancen los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero”; “Los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros”; “Los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia”. “Las personas que acompañen a un alumno o aprendiz durante el aprendizaje de la conducción o las pruebas de aptitud…”.

¿Qué multa conlleva y cuántos puntos se pueden perder?

Según el Reglamento General de Circulación, no utilizar el cinturón supone una falta grave, lo que conlleva una multa de hasta 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné para el conductor.

¿Qué ocurre si los pasajeros no llevan el cinturón puesto? ¿De quién es la culpa? ¿quién se lleva la multa?

Según fuentes jurídicas del RACE consultadas por 20minutos.es, si uno de los pasajeros es mayor de edad y no lleva puesto el cinturón, será él el responsable de pagar la multa aunque el conductor es el responsable último de la seguridad de los pasajeros por lo que se podría analizar el caso en un juicio y éste podría realizar parte del pago también. En el caso de que un menor sea el que no lleve el cinturón de seguridad o el sistema de retención infantil, a pesar de que sus padres o tutores vayan en el coche, el responsable último de su seguridad es el conductor por lo que será éste quien pague la multa oportuna.

¿Qué sistema de retención deben utilizar los niños?

Según el artículo 117, “los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil”. Es decir, algún tipo de silla infantil. Si miden más de 135 centímetros, ya pueden utilizar el cinturón de seguridad. En este artículo puedes consultar los grupos de sillas infantiles que existen en España. Recomendaciones del RACE sobre el uso y colocación de los sistemas de retención infantil.

¿Cuándo pueden sentarse los niños en los asientos delanteros?

Teniendo en cuenta el artículo 117, los menores que midan más de 135 centímetros podrán sentarse en los asientos delanteros. Si no, deben sentarse en los asientos traseros.

¿Realmente salva vidas el cinturón de seguridad?

La Dirección General de Tráfico ha recogido varios estudios que indican la efectividad del cinturón de seguridad. En la siguiente tabla se muestra el efecto de la utilización del cinturón de seguridad sobre la probabilidad de lesión en caso de accidente.

Efecto de la utilización del cinturón de seguridad sobre la probabilidad de lesión en caso de accidente

*Meta-análisis realizado por Elvik y otros en el Manual de Medidas de Seguridad Vial (2013) y recogido por la DGT. Fuente: DGT.

¿Cuánto resiste un cinturón de seguridad?

Aunque la normativa indica que la fuerza máxima que debe soportar un cinturón sin romperse es de 1.200 kg, los fabricantes montan cinturones que aguantan hasta 3.000 kg. Aunque realmente, lo importante en un cinturón de seguridad es lo capaz que es de deformarse mientras ocurre un accidente para que sea este elemento el que absorba la energía cinética del pasajero.

¿Cuándo surge el cinturón de tres puntos que utilizan ahora los coches?

En 1958, el ingeniero de la casa Volvo, Nils Bolhin, patentó el cinturón de tres puntos de anclaje. Tras utilizarlo en todos los modelos de la marca sueca, se hizo común su utilización en los demás vehículos al año siguiente, en 1959. Según un estudio de la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA) de los Estados Unidos, en 1995 el cinturón salvó la vida a 9.797 personas. Según Gregorio Serrano, director de la Dirección General de Tráfico,”en 2016 en España hubo 190 fallecidos por no llevar el cinturón de seguridad”.

¿Cómo funciona un cinturón de seguridad?

En este vídeo de Toyota explican el funcionamiento básico del cinturón de seguridad y cómo consigue reducir o incluso evitar las lesiones en caso de frenada brusca.

¿Cómo se coloca correctamente el cinturón de seguridad?

Para utilizar correctamente el cinturón, el RACE recomienda que el respaldo del cinturón esté casi en ángulo recto, la cinta superior del cinturón se sitúe entre el cuello y el hombro, la banda en el centro del pecho, y la cinta inferior sobre las caderas, por debajo del abdomen. Una vez abrochado, sólo te queda tirar de él hacia arriba desde la altura de la cadera para que quede bien ajustado y comprobar que no está enrollado. En invierno quítate el abrigo y evita jerseys muy gruesos porque reducirán la efectividad del cinturón. Y nada de pinzas, ya que restan eficacia al sistema. Más información sobre la correcta colocación del cinturón de seguridad.

Continue reading “Cinturón de seguridad: qué dice la normativa sobre su uso”

Consejos para transportar motos y bicicletas con seguridad

RACE Llevar objetos sueltos dentro del habitáculo es peligroso porque ante un impacto su peso se multiplica.

RACE

  • Llevar objetos sueltos dentro del habitáculo es peligroso porque ante un impacto su peso se multiplica.
  • Para transportar cargas voluminosas hay que recurrir a portabicis para el coche, remolques o cofres de techo.
  • ESPECIAL: Seguridad Vial.

Así se lleva una bicicleta en el coche

¿Quién no desea unos días de descanso para disfrutar de sus hobbies favoritos? Montar en bici, en moto, hacer surf… Pero, antes de nada, hay que pensar en cómo transportar estos materiales con seguridad.

Una bicicleta, una tabla de surf o una motocicleta son objetos grandes que no siempre se pueden transportar con facilidad en el maletero de un coche. Por seguridad, todo el equipaje debe ir protegido en el espacio del maletero. Llevar objetos sueltos dentro del habitáculo es peligroso porque ante un impacto su peso se multiplica y pueden impactar contra los ocupantes ocasionando graves lesiones.

¿Cuál es la solución para transportar carga voluminosa? Tendríamos que recurrir a portabicis para el coche, remolques o cofres de techo. Como última opción te recomendamos utilizar la baca para el transporte de equipaje porque no es la solución más segura.

En cualquier caso, debes conoces la normativa del Reglamento General de Circulación sobre las dimensiones de la carga y cómo debe ir sujeta. Según especifica, la carga debe de ir colocada de tal modo que no pueda caerse, desprenderse o comprometer la estabilidad del vehículo, tampoco puede tapar dispositivos luminosos, placas u otra señalización obligatoria.

Del mismo modo, en turismos no puede sobresalir por los lados, sí puede sobresalir por la parte posterior hasta un 10% de la longitud del coche (un 15% si el objeto es indivisible). Y siempre que sobresalga deberá ir señalizado con una placa V-20. Como referencia, para un vehículo de cuatro metros no podrá sobresalir más de 60 centímetros.

Así debemos señalizar que la carga sobresale

¿Cómo debe colocarse esta placa V-20? Según el Reglamento General de Vehículos se debe situar en el extremo posterior de la carga de modo que quede perpendicular al eje del vehículo. Si la carga sobresaliera longitudinalmente por todo el ancho posterior del vehículo, habría que añadir dos paneles de señalización de forma transversal, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del objeto que sobresalga.

Para transportar una moto a tu lugar de vacaciones, a un taller… tendrás que recurrir a una furgoneta, siempre que estés en posesión al menos de carnet B y que su peso total no sobrepase los 3.500 kilos. Otra opción es utilizar un remolque enganchado a tu coche, en cuyo caso tendrás que sujetarlo bien y conectar los cables de luces. Es conveniente que ates la moto al remolque utilizando partes fijas de la misma, no desde el manillar o pedales porque se pueden deteriorar, además, asegúrate que la moto queda bien centrada en el remolque para reducir el riesgo de inestabilidad del vehículo.

En el caso de transportar una bicicleta, si no te queda sitio en el maletero, puedes utilizar alguno de los variados modelos de portabicicletas que existen en el mercado.

Si lo tuyo es ondear las olas con una tabla de surf, una buena opción son los cofres de techo. Opta por los que son herméticos y llevan cerradura. Otra opción es utilizar una baca flexible homologada. Siempre debes colocar la tabla en sentido inverso a la marcha, apilarlas una encima de otra si transportas más de una, fijar las tablas por su parte más estrecha y asegurarte que quedan bien sujetas.
En cualquier caso, deberás moderar la velocidad y aumentar la precaución al volante.

NOTICIAS RELACIONADAS

  • ¿Qué ropa deben llevar los motoristas en verano?
  • Si sobrepasas la velocidad máxima permitida en carretera puedes pagar hasta 600 euros de multa.

Continue reading “Consejos para transportar motos y bicicletas con seguridad”