¿Podré circular con mi moto en Barcelona? | Nueva normativa

Si tienes una moto en Barcelona , en 2020 entran en vigor cambios en la normativa que te interesa conocer. ¿Quieres saber más?

Si tienes una moto en Barcelona, en 2020 entran en vigor cambios en la normativa que te interesa conocer. ¿Quieres saber más? ¡Pues sigue leyendo, que te los contamos en Mujeres Moteras!

Cambios para circulación con tu moto en Barcelona

Ya sabrás que, cada vez más, las ciudades más importantes de todo el mundo están implantando normas y medidas para mejorar la calidad del aire en las urbes, ya que la contaminación, además de ser negativa para la capa de ozono, también está empezando a causar enfermedades serias en las personas.

Es por ese motivo por el que desde el pasado día 1 de enero de este recién estrenado año 2020, circular en moto en Barcelona será un poco más difícil si tu moto no es amigable con el medioambiente. La Ciudad Condal está declarada desde esta fecha Zona de Bajas Emisiones con carácter permanente.

¿Cómo funciona esto?

Pues esta denominación afecta a todas aquellas personas que tengan moto en Barcelona, ya que funciona de lunes a viernes en hora de trabajo, es decir, desde las 7 de la mañana hasta las 8 de la tarde. Esto, por otro lado afecta a 125.000 motos aproximadamente, que es el número de vehículos de estas características que están registrados en esta ciudad como no amigables con el medio ambiente.

Es un total de 125.000 motos las que no disponen de etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico la cantidad de vehículos que no podrán circular por esta zona. Con esta medida, para el año 2024 el nivel de contaminación de Barcelona se habrá reducido en un 15%.

La nueva Zona de Bajas Emisiones de carácter permanente abarca un espacio de 95 kilómetros cuadrados. Dentro de ella encontramos áreas tan importantes como pueden ser Barcelona, y zonas próximas a Sant Adrià de Besòs o de Cornellà de Llobregat entre otros.

¿Puedo circular entonces con mi moto en Barcelona?

Pues si tu moto o ciclomotor se matriculó antes del 2003 y es anterior a la normativa Euro, no podrás circular por estas zonas de Bajas Emisiones.  Y si aún con esta restricción decides hacerlo, puedes enfrentarte a sanciones económicas serias.

Por otro lado, si tu moto cumple con los requisitos para conseguir una pegatina ambiental de la DGT, todo lo que tienes que hacer es solicitarla. Es importante saber que, si bien llevar la pegatina puesta no es obligatorio, sí es recomendable. No vas a tener problema si te para la policía, puesto que los agentes van a poder saber si puedes o no circular por la zona introduciendo tu matrícula en su sistema.

Cómo saber qué pegatina le corresponde a mi moto

Si no sabes con seguridad si a tu moto le corresponde pegatina o cuál le corresponde, el Ayuntamiento de Barcelona pone a tu disposición en su página web un formulario para averiguarlo.

Todo lo que tienes que hacer es introducir en el lugar habilitado para ello el número de tu matrícula. Si la moto no tiene ese distintivo, también te lo dirá el mismo sistema.

Sin duda, esta nueva normativa va a resultar un problema para la circulación de cualquier moto en Barcelona que se catalogue como contaminante, pero, ¿crees que es una buena medida? ¿Qué piensas tú?

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Un juez obliga a Carmena a modificar las restricciones al tráfico en la Gran Vía

EFE Exige que permita la movilidad de los vehículos de paquetería sin límite horario. Esta modificación exige un cambio en el decreto municipal. Carmena cierra la Gran Vía en Navidad para hacerla más “paseable”

Cortes de tráfico en Gran Vía

Un juez ha obligado nuevamente al Ayuntamiento de Madrid a modificar las restricciones de tráfico en la Gran Vía, al permitir la circulación de los vehículos de recogida y entrega de paquetes y de los de carga y descarga sin límite de hora.

De esta forma, el Ayuntamiento tendrá que cambiar el decreto que contempla las medidas del dispositivo especial según el cual durante buena parte de diciembre y los primeros días de enero estará limitado el tráfico de vehículos privados por las calles Gran Vía, Atocha y Mayor para dar más espacio al peatón.

El pasado 30 de noviembre, el Ayuntamiento anunció que eximía de la prohibición para circular a los vehículos de arrendamiento con conductor, como los que funcionan con aplicaciones como Uber y Cabify, después de que un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid admitiera un recurso que lo reclamaba.

En esta ocasión, ha sido nuevamente un juzgado de lo Contencioso-Administrativo el que ha admitido un recurso presentado por la organización empresarial de logística y transporte.

En el auto, al que ha tenido acceso Efe, el magistrado insta al Ayuntamiento a permitir la circulación de los vehículos que presten servicios postales de recogida y entrega de paquetes, así como “la distribución logística de toda clase de mercancías con origen o destino” en el área afectada por las restricciones al tráfico.

Lo hace después de establecer la suspensión cautelar de la parte del decreto de movilidad del 24 de noviembre que afecta a la circulación de estos vehículos.
El auto, fechado el 5 de diciembre, da la posibilidad al Ayuntamiento de presentar alegaciones en el plazo de tres días sobre el levantamiento, mantenimiento o modificación de la medida cautelar adoptada.

El Ayuntamiento, por su parte, ha propuesto la posibilidad de ampliar el horario de carga y descarga de 23.00 a 13.00 horas, en lugar de hasta las 11.00, dos horas más de lo estipulado en el decreto.

Además, sugiere un horario vespertino para este tipo de vehículos de 16:00 a 18:30 horas.

En relación con servicios postales de recogida y entrega de paquetes, el Consistorio se ha mostrado de acuerdo en habilitar el acceso sin restricción horaria.

Fuentes municipales han señalado a Efe que esta tarde han sido aceptadas las alegaciones que presentaron respecto a los vehículos de arrendamiento con conductor, que podrán circular por la Gran Vía si tienen como origen o destino esta calle.

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