Si estás pensando en dar de baja tu coche, de forma temporal o definitivamente, has de saber que tienes dos vÃas de actuación: una directamente a través de una Jefatura de Tráfico y otra a través de un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) (vÃdeo explicativo de lo que es un CAT). Sin embargo, hay ciertas obligaciones que tienes que cumplir según el tipo de vehÃculo que tengas.
Bajas definitivas
En el caso de que estés en posesión de un turismo o un vehÃculo comercial de menos de 3.500 kg, desde el 1 de mayo de 2008 por Orden Ministerial 624/2008 estás obligado a dar de baja tu VehÃculo Fuera de Uso (VFU) solo en un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT) (deben tener esta placa identificativa) que entregará un Certificado de Destrucción y un informe de baja oficial emitido por la Dirección General de Tráfico al propietario del vehÃculo tras su entrega. Si esta es tu situación, puedes buscar el CAT más cercano en la web de la Asociación Española de Desguazadores y Reciclaje del Automóvil (AEDRA), que forma parte de SIGRAUTO, la Asociación Española para el Tratamiento Medioambiental de los VehÃculos Fuera de Uso.
En 20MINUTOS.ES hemos hablado con Ãlvaro Pinto Fernández, reponsable de comunicación de Desguaces El Choque, uno de los CATs autorizados. Pinto explica que “para dar de baja un vehÃculo hay que presentar cierta documentación: ficha técnica del vehÃculo, el permiso de circulación del vehÃculo y el DNI o NIE. En el caso de que no sea el propietario quien entregue el automóvil y sea otra persona, se necesita una autorización del titular del vehÃculo junto con el DNI tanto del titular como del autorizado. En el supuesto de que el nombre figure a nombre de una empresa se necesita el CIF de la empresa, el DNI del administrador o apoderado y las escrituras o documento de representación de personas jurÃdicas”.
“La firma de la solicitud de la baja lo puedes hacer en el propio desguace o el dÃa de la retirada con grúa, que no conlleva ningún gasto añadido para el propietario”, recuerda Pinto. “Cuando se haga todo este proceso, el CAT debe entregar dos documentos (vÃdeo abajo): el primero de ellos es el certificado de destrucción del vehÃculo y, el segundo, el justificante de baja definitiva de la DGT (en este enlace puedes verificar la autenticidad del documento). Con estos dos documentos podrás acreditar de forma oficial la baja del vehÃculo”, indica el representante del CAT.
Si no estás en posesión de un turismo o vehÃculo comercial de menos de 3.500 kg, no es obligatorio llevar el vehÃculo a un Centro Autorizado de Tratamiento. Sin embargo, la DGT lo recomienda. Si lo llevas a un CAT, no abonarás tasa alguna. Si finalmente decides no acudir a un Centro, debes dar de baja el vehÃculo en la Jefatura de Tráfico.
- Más información sobre la baja definitiva del vehÃculo en la DGT.
Bajas temporales
Puede haber tres razones por las que un usuario dé de baja su vehÃculo de forma temporal: motivos personales, por haber entregado el vehÃculo a un compraventa y por sustracción del vehÃculo.
- Más información sobre la baja temporal del vehÃculo en la DGT.
¿Para qué sirve dar de baja un vehÃculo?
Una persona debe dar de baja de forma temporal o definitiva un vehÃculo por las siguientes causas: es necesario tener el justificante de baja definitiva o temporal de la DGT para poder evitar que el ayuntamiento te reclame el pago del impuesto municipal al año siguiente o que tu seguro te reclame el pago de la póliza. En el caso de que ya se haya pagado, se podrá reclamar la cuantÃa desde que se dio de baja el vehÃculo.